jueves, 2 de febrero de 2012

Polémica por el matrimonio y el divorcio ante notario: de 'buena idea' a 'disparate'

Es que no se puede tener mas poca "verguenza"... y con el beneplácito de nuestros Politícos (Dígase Gallardon) De verdad que me he quedado a cuadros cuando he leído la INTENCIÓN.
Claro, hace tiempo que estos NOTARIOS han dejado de hacer caja con el tema "ladrillo" y claro, ahora VA Y ELLOS TAN SOLIDARIOS, se OFRECEN a descongestionar los tribunales ofreciéndose con tramitar bodas y divorcios .... Pues ahí va la idea.
Si, si que tramiten divorcios..... hala ! y cuando haya problemas de Custodia que den FE del conflicto y que se queden a los menores hasta que resuelva la contienda......, que se hagan cargo de las pensiones impagadas y que tengan régimen de visitas para "descongestionar"
En cuanto a las bodas, de paso, que organicen la pedida, el banquete y que hagan de anfitriones.... asesoren a la novia con el vestido y al novio con el traje...... y lloren con la emoción......
HABRÁ QUE VERLO....

Pasen pasen, el CIRCO está a punto de empezar la función....

jueves, 8 de diciembre de 2011

Planificación fiscal. com (interesante)


Préstamos entre Particulares: Notas sobre su tratamiento en el IRPF y posible estrategia fiscal.

Concertar préstamos entre personas físicas es una práctica frecuente entre  familiares; padres a hijos sobre todo, y hoy en día con empresas, dada la escasez de crédito por parte de las entidades financieras y las necesidades de falta de tesorería a atender.
Debemos conocer las posibles implicaciones fiscales que pueden derivarse de estos préstamos, especialmente aquellas no deseadas. Nuestra recomendación es la de documentar correcta y adecuadamente la existencia del préstamo entre familiares, dado que a los mismos se les presume retrubición salvo prueba en contra, como a continuación explicaremos.

Trascedencia en sede del  IRPF

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas existe la regla de la “Presunción de Onerosidad”, en virtud de la cual, las prestaciones de bienes, derechos o servicios, susceptibles de generar rendimientos de capital, -los intereses percibidos de un préstamo constituyen rendimientos de capital mobiliario- se consideran retribuidos, salvo prueba en contrario.
En consecuencia, los préstamos concertados entre particulares sin devengo de intereses se presumen retribuidos, de acuerdo con el resultado de aplicar el tipo de interés legal del dinero que se halle en vigor el último día del periodo impositivo. El prestamista deberá recoger este interés dentro del apartado de rendimientos de capital mobiliario, salvo que pueda acreditar la gratuidad del préstamo conforme a los medios de prueba generalmente admitidos en derecho.
Asimismo, cualquier préstamo, incluido por tanto el concedido por un familiar, dará lugar a la aplicación de la correspondiente deducción por inversión en vivienda habitual, siempre que se cumplan los restantes requisitos, y se pruebe la vinculación del préstamo a la adquisición de la vivienda y en consecuencia, deberá justificarse la devolución del préstamo al prestamista porlos medios que válidamente en derecho puedan emplearse.

Modo de prueba de la existencia de un préstamo versus una donación.

De acuerdo con lo anterior, resulta imprescindible acreditar la existencia del préstamo concertado entre particulares, desvirtuando así, la presunción de la existencia de donación y, simultáneamente, probando su retribución o gratuidad a efectos del IRPF y también, si es el caso, la aplicación de la correspondiente deducción por adquisición de vivienda habitual.
Se han planteado distintas consultas sobre este tema a la Dirección General de Tributos (en adelante DGT), quién en sus contestaciones viene admitiendo que la existencia del préstamo, la gratuidad, su finalidad o destino, y la correspondiente devolución del mismo, podrá realizarse por cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
Estas contestaciones no especifican de forma alguna,  cuales son los documentos y los medios que serían considerados como pruebas válidas en derechoa ante una hipotética comprobación por los Órganos de Gestión de la Agencia Tributaria de la correspondiente Delegación.
Eso sí,  se señala que corresponderá esta valoración a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria por lo que hay que estar preparados para una eventual comprobación y gizar así de esas pruebas “válidas en derecho” y que las mismas ya en primera instancia sean aprobadas por los Órganos de Gestión.
Debemos tener presente la preferencia que los Tribunales otorgan a los documentos públicos frente a los privados y en consecuencai, la DGT en sus contestaciones a las Consultas que Obligados Tributarios han efectuado  recoge esa preferencia, y en cuanto a la validez de los documentos privados se refiere al artículo 1227 del Código Civil que establece lo siguiente; “la fecha de un documento privado no se contará respecto de terceros, sino desde el día en que hubiese sido incorporado o inscrito en un registro público, desde la muerte de cualquiera de los que le firmaron, o desde el día en que se entregase a un funcionario público por razón de su oficio”.
En consecuencia es imprescindible y conveniente documentar la existencia del préstamo, plazo de amortización, devengo o no de intereses y cualquier otra condición, en una escritura pública, o en documento privado siempre que la fecha del mismo tenga eficacia frente a terceros, y por tanto frente a la Administración Tributaria, para ello deberemos tener presente lo establecido en el ya citado artículo 1227 del Código Civil.
Es una práctica muy habitual, la presentación del contrato privado de préstamo conjuntamente con la declaración del “Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados”, como operación sujeta pero exenta, (no implica coste fiscal alguno) en la oficina liquidadora de este impuesto, con la finalidad de validar la fecha del contrato privado a través de la entrega a funcionario público, de acuerdo por tanto con el art. 1227 del C.Civil. cuyos costes són mas económicos que la firma del préstamos ante Notario.
Aún así, la DGT nos recuerda que aun así, solo se hace prueba de la fecha, pero no de la gratuidad del préstamo que deberá acreditarse por otros medios admitidos en derecho, incluida la contabilidad.

A tener en cuenta a los efectos de una posible liquidación por considerarse una operación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Una persona física que adquiere bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito, estará sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y deberá pagar la cuota que corresponde por este impuesto, que podrá llegar hasta el 33-34% del valor de lo recibido.
Asimismo, en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para ciertos supuestos, se establece una regla de presunciones, de tal forma que, cuando se comprueben determinados movimientos patrimoniales entre familiares, se considerará que existe una donación o transmisión lucrativa sujeta al Impuesto. Así sucede en los casos que, de los datos que posea la Administración Tributaria se verifique la existencia de una disminución de patrimonio en un sujeto y de manera simultánea, o en los siguientes cuatro ejercicios, (plazo de prescripción) un incremento patrimonial en su cónyuge, descendientes, herederos o legatarios, sin título que justifique la correlación  entre la disminución y el incremento.
Igualmente, se presumirá la existencia de una donación encubierta en aquellas adquisiciones a título oneroso -compraventa, permuta- realizadas por los ascendientes como representantes de sus descendientes menores de edad, salvo que se demuestre que éstos tienen bienes suficientes para poder sufraguar dichas adquisiciones (herencias, donativos, otros recursos o fuentes de ingresos, …)
De acuerdo con lo anterior, la entrega de dinero  a sus hijos para la adquisición de vivienda, o por ejemplo; la adquisición de valores, o la apertura de una cuenta bancaria a nombre de hijos menores (práctica muy habitual entre padres e hijos) sin que los mismos dispongan de los recursos necesarios, implicará la existencia de donaciones sujetas al impuesto, salvo que se acredite la existencia de un préstamo, con el condicionante de que debe existir fecha de devolución y una realidad jurídica que respalde dicho préstamo, más aun entre familiares.
Por ello es imprescindible documentar bien dichas operaciones, atender las amortizaciones de los mismos en los plazos contractuales establecidos, y de forma fehaciente, es decir, transferencia bancaria, giro postal, ingreso bancario en cuenta, dejando constancia el concepto a que obedece el pago.
Por ello, un préstamo de padres a hijos para la adquisición de la vivienda habitual, cuya operación este diseñada fiscalmente de forma correcta, puede ayudar a conseguir un importante ahorro para el adquiriente mediante la aplicación de las correspondientes deducciones por adquisición de vivienda, garantizar a los padres la recuperación del préstamo en caso de separación del hijo prestatario, o bien, en el mejor de los casos, una forma de ayudar al hijo a fecha de hoy con la vivienda y el ahorro fiscal por las ya mencionadas deducciones aplicables, y simultámente los padres, crear de nuevo esa hucha para el día de mañana.

lunes, 10 de octubre de 2011

mas FAMILIA... y como no, los NOTARIOS

Siguiendo con las herencias, como dije en otro POST, los Notarios, son estos personajes de los que no nos libramos, aunque lo intentemos, siempre acaban por formar parte de nuestra existencia..... ellos dan FE, de todas nuestras cosas. Como si la palabra de ellos sirviera mas y mejor que la nuestra propia... sobre todo además porque dan FE de lo que se les cuenta, porque ellos no comprueban nada..... En realidad son unos correveydile, y poco mas.
A mi, a pesar que personalmente no me la han jugado, no me merecen confianza ni respeto (profesionalmente hablando) pero bueno, a este trabajo podría añadirle unos cuantos, que de verdad, podrían extinguirse y no pasaría absolutamente nada.
Nuestro sistema español está hecho para favorecer a los profesionales que de alguna manera no tendrían razón de ser, si no fueran "obligatorios" por Ley...., es como la ITV, te obligan a ir, a pagar, para que un técnico, en menos de 15 minutos, diga si el vehículo que llevas, está en condiciones o no...... sin conducirlo, sin apenas escucharlo, sin preguntarte nada sobre su día a día.... pues igual, los Notarios que no te conocen de nada, dan FE, de tu estado mental, como si por decir, buenos días o buenas tardes, ya estuviera claro que estás en condiciones de decir o hacer lo que acontezca en los siguientes minutos.

Ahora con lo de la crisis, se han vuelto mas "amables", y te miran a los ojos, te saludan y hasta sonríen, pero hasta hace nada, sólo miraban  los DNI y poco mas, confiando plenamente en lo que sus oficiales han redactado y por supuesto sin comprobar delante del afectado la documentación aportada....

Sólo están sometidos y también por Ley a pedir información a los Registros y a enviar con una inmediatez pasmosa, la información relativa a cualquier tipo de transacción bien onerosa bien gratuita que se haya llevado a cabo en su despacho, incluso las fotocopias compulsadas de los contratos de compraventa privados (sin elevar a escritura pública)

Además, trabajan con sus GESTORÍAS de manera que no te "escapas" de sus Honorarios que total por copiar y pegar, y añadir datos objetivos ..... y luego leerlos sin que nadie se entere de apenas nada, son mas que abusivos.

Los poderes Notariales, son imprescincibles para representar a alguien, y total sólo se diferencian en que dices que quieres que te representen alguien sin estar este presente, como si no pudieras tu mismo hacerlo delante de cualquier fedatario público sin que esto supusiera un coste adicional. No, resulta que ellos siguen teniendo FE.......

Los hay que saben muchisimo, sobre todo, derecho civil, es más, creo que son los que mas saben, incluso mas que los jueces, y bueno, como no interpretan, pues no suelen "fracasar" ya que su trabajo no tiene nada de creativo, sino todo lo contrario, está mas que claro que va a suceder cuando entras a una Notaría, excepto que desconoces la minuta y las consecuencias para con la hacienda pública. Según la OCU de España, en 2010 los notarios cobraron 6 veces de lo legalmente establecido por cancelar una hipoteca.

Jamás trabajan en equipo, ni se ponen a tu disposición para ofrecerte alternativas viables ante cualquier idéa, se limitan a firmar que todo lo preparado por los demás,  y poco más. Aunque está claro que habrán de los buenos que se esfuerzan, pero yo no he conocido a ninguno... y con esta pena tengo que cargar.

Los acuerdos societarios, la compraventas, las donaciones, los testamentos, las herencias, y un sinfin de negocios juridicos, pasan por los notarios, cuando se trata de NUESTRA VOLUNTAD.... y no tendría que hacer falta que nadie DE FE de lo que queda  entre particulares, de hecho son unos profesionales que pueden ser prescindibles, como así queda acreditado con el sistema ANGLOSAJÓN.

Personalmente he tenido dos malas experiencias con dos Notarios diferentes, que han perjudicado de manera importante a los clientes, ya que les ha costado tener que pagar sanciones a la Hacienda Pública y como no, intereses. Uno por falta de rigor en la comprobación de los datos proporcionados, lo que llevo a la demora en la materialización de la herencia  y el otro por imprudente y entregar documentación a una de las partes implicadas sin autorización del resto de partes, dejando sin la posibilidad de utilizar los documentos originales a sus legítimos propietarios.

De todo esto fue, debidamente informado el Colegio de Notarios correspondiente, y como no, el corporativismo existente impidió un análisis razonable del asunto, eximiendo de toda responsabilidad del error cometido al Notario, puesto que éste no tienen que comprobar la veracidad de los datos que le son proporcionado....¿entonces para que está??, en el primero de los asuntos, pues en el segundo aún estamos pendientes de lo que diga la Junta del Colegio, pero me temo que será, más de lo mismo.

MC

jueves, 6 de octubre de 2011

Bueno bueno ... las madres !!!

Vaya por delante, NO SOY MADRE, pero tampoco TONTA..... es más, creo que el hecho de haberme ahorrado situaciones que sólo se dan cuando tienes hijos, me legitima algo más como espectadora que lo soy de situaciones, sino graves, si preocupantes.
Parece ser que cuando después del parto, el médico o matrona corta el cordón umbilical, es algo simbólico, pues desde luego que las madres no lo hacen.
Son las que mejor conocen a sus hijos, eso sin ningún género de dudas, pero también tienen una imagen distorsionada de sus hijos ya que no suelen ver o reconocer los aspectos no tan agradables de los peques..., y es aquí donde veo el gran riesgo.
Lo que en un adulto consideramos imperdonable, en boca o al realizarlo un niño, hasta incluso hace gracia y todos reímos, sin darnos cuenta que muchas veces fomentamos conductas y actitudes nada interesantes para una persona en desarrollo.
Está bien claro que un niño cuando nace tiene unas características que lo significan del resto de criaturas, y estas las vemos.... color de pelo, color de piel y ojos, habilidades para música, deporte, dibujo.... todo se va adivinando con el paso de los días, y como no, su carácter social...., cuando en realidad no le damos tanta importancia ni nos preguntamos como van a desarrollar esta faceta, si con habilidad o con dificultades.
Es una asignatura que no nos han enseñado, y aún a pesar de personalmente entender que los niños son responsabilidad de todos, las madres "pesan" demasiado en el desarrollo emocional, personal, intelectual y como no en el social.... y no se hasta que punto son conscientes de ello y se preparan para una larga e importante tarea....
Todos conocemos, "la crueldad" de los niños, pero a parte de la herencia genética que hace que seamos lo que somos, las madres juegan un papel más que importante en la influencia del entorno y de ellas mismas sobre los menores.
Los deseos, los anhelos, las frustraciones .... todo lo de los adultos influye de manera notoria ... y tenemos que estar en guardia cuando los peques están delante....., nuestro tono, nuestras formas, las alegrías, los disgustos, las contrariedades......  los niños son esponjas y esto es así.

No soy psicologa ni terapeuta, pero observar me ha dado muchas luces en estos asuntos, y he asistido por mi trabajo, a verdaderos "dramas" observados con silencio, pero segura estoy con verdadero interés por parte de los hijos en general, y ya no me refiero sólo a los menores, sino a los jovencitos, que anda que no saben ni nada.

Cierto es que los niños son las víctimas de las Separaciones de sus padres, pero de si mismos también, y es que se supone que quien debe velar por ellos (los padres) pueden llegar a ser su peor influencia, o bien  lo mejor que les ha podido pasar en esta vida, pero desgraciadamente me temo y sospecho que no es lo mas habitual.

La mayoría de madres están ciegas cuando se trata de observar conductas poco apropiadas de sus hijos/as.... suelen justificar las mismas de múltiples formas: las compañías, que si no se dan cuenta, que si  son niños, que se les pasará, que no saben que hacer con ellos, que los hay peores, que algo les habrán hecho.....etc, y así variando las explicaciones, hasta el infinito.
Y disiento del pensamiento generalizado en cuanto a que todo lo que una madre es incondicional, sin esperar nada.... esto no es del todo cierto, una madre, espera TODO, y por eso invierte su vida en la crianza de los hijos, hasta el punto de hipotecar su propia existencia.....

Las madres no saben apreciar que hay gente mala, y que a veces, su hijo/a, cae en este grupo de personas, de hecho, digo yo que BIN LADEN tenía madre con toda seguridad y si le preguntáramos, seguramente justificaría todo lo que era y hacía.  De hecho los primeros abusos de los niños, los sufren los propios padres, primero, engañándose y también prestándose al juego maquiavélico de vivir amenazados por los desplantes y desprecios de los menores.
Insito, que se habla mucho del abuso de poder en el trabajo, el abuso en la escuela, del abuso en general, pero poco se habla o se tiene en cuenta respecto al abuso dentro del seno familiar, que es el peor que se puede dar, ya que por inesperado y por contra natura nos coge desprevenidos.
Conclusión, hay veces que las madres, son nuestros peores enemigos ... y no siendo tan drástica, se convierten en un gran inconveniente para el desarrollo de sus propios hijos, quejándose continuamente, criticando, siendo resentidas, pagando sus frustraciones con sus hijos, y con los demás, mostrando delante de los niños, lo peor de ellas mismas, y sobre todo, escatimando tiempo y generosidad, pues el único amor verdadero es el mas difícil que es sin duda, que es el que permite un desarrrollo libre, exento de exigencias y sobre todo sin esperar nada a cambio.
MC

lunes, 3 de octubre de 2011

y ... esos Padres??

Si si, otro día hablaremos de las madres...... en términos jurídicos, of course...... ya me cuidaré mucho de enjuiciar a nadie por su condición, religión, ideología ....etc etc...., aunque tengo mi opinión muy reservada.

Bien, he visto de todo...... y lo cierto es que muy buena impresión no me he llevado, aunque ya voy conociendo un poco más a los compañeros de toda una vida, que dependiendo del rol que tengan en nuestras vidas, salen mas o menos mejor parados.

La cuestión que mas les duele, es la del dinero, en caso de crisis matrimonial, que hasta ahí, desconozco cual es la actitud y disposición.  De repente olvidan que sus hijos, comen, beben, visten, calzan, estudian, tienen amigos y amigas, les gusta y necesitan divertirse y formarse, deben relacionarse....etc etc etc...., Están convencidos que las madres administradoras, se ponen "encima" el dinero que ellos aportan para los menores, y JAMAS y digo JAMAS tienen en cuenta algo que es lo más preciado hoy en día, que es el tiempo.
¿Como cuantificamos el tiempo dedicado a los hijos? no sólo atendiendo sus deberes del colegio, y haciendoles la comida, arreglandoles la ropa, levantándose en la noche si hay pesadillas o fiebre, o miedos o vete tu a saber. ¿ y las visitas a los médicos? las vacunas, las medicaciones, los sueros, el champú para los piojos, las plantillas, las protesis, las ortodoncias, las gafas, y un sin fin de cuidados que no sólo ocupan tiempo, sino que desgastan muchisimo. Esto, parece ser que no tiene valor alguno.

He visto, hacer de todo para evadir la responsabilidad de pagar alimentos a los hijos, desde dejar de trabajar, y cambiar continuamente de empresa o trabajar en negro, dar domicilios falsos, "desaparecer" por años, gripar el coche embargado, y lo mas grave, hacer que el hijo, o la hija sienta que es su responsabilidad que le hayan embargado, o que le estén buscando para responder por sus obligaciones para con los menores.
Parecido trato reciben los mayores, que si bien ya no hay que preparar el biberón, tienen que acabar sus estudios o bien "buscarse la vida", y parece que los padres olviden (no todos, eh?) que sus hijos lo son hasta el final de sus días y que ni deben pagar las consecuencias de un desencuentro, ni miles de rencillas que se dan dentro del seno familiar.

He oído a padres decir barbaridades y sólo en en contexto del dinero, y siempre en un marco de incredubilidad respecto a las necesidades de sus hijos, ya que parece ser que olvidan que ellos también fueron niños.
Afirmaciones crueles contra las madres, insinuaciones graves.... y sin tener en cuenta que fueron ellos quienes eligieron a las madres de sus hijos, o bien se dejaron elegir.....

A mi me da verguenza ajena, me da apuro, y a diário me cruzo con centenares de ellos, que no se privan de vivir una vida a su antojo, contando el dinero y haciendo lo imposible por "escaquear" todo lo que pueden...

Y es que la hombría se presume, y no es precisamente algo que les sobre.

ACLARACIÓN: es mi opinión..... que no sienta cátedra, por cierto.

domingo, 2 de octubre de 2011

El Suplicio de Heredar!

Resulta curioso, que el marco de las discusiones mas beligerantes sea bien la familia por cuestiones hereditarias, bien las comunidades de vecinos (pero esto hoy no es tema) cuando en realidad, nuestro verdadero "enemigo" es La Hacienda Pública.
Por partes:
Menos mal que actualmente las empresas funerarias, realizan una función gestora, y nos proporcionan el papeleo necesario para los primeros trámites a seguir, después que alguien a quien debamos "suceder" pasa a mejor vida (esto yo no lo se, pero eso comentan). Bien, y para seguir un orden y no marear, sigamos pues los pasos:
1º . Certificado de defunción, Certificado de últimas voluntades y Certificado de Seguro.
2º . Una vez sepamos si hay o no testamento, tendremos que
                Si no lo hay, preparar ante el notario la "declaración de herederos"
                Si hay notario, solicitar del mismo una copia para estudiarlo y conocer su voluntad.
3º. Procede pues, la reunión o bien de los familiares, bien de sus representantes, asesores, asistentes o como queramos decirlo para ver, primero si vale la pena aceptar la herencia (se heredan las deudas, que no las sanciones) y si se acepta, intentar llegar a un acuerdo, según existan legados bienes especificos, o bien se trate de disposiciones genericas.
4º . El viudo o la viuda siempre tiene el derecho al Usufructo, bien del tercio de mejora o bien sobre toda la herencia, hecho este que vendrá reflejado en el testamento. Y si no hay testamento, la ley dispone que el usufructo sea del tercio de mejora.

Aquí no olvidemos que mientras tanto, corren los plazos para la Hacienda Pública, por lo que disponemos de 6 meses desde el fallecimiento para "declarar" la herencia y por tanto liquidar el impuesto de sucesiones, incluso si hay exenciones y no hay que pagar, o bien no hay nada que heredar, es un trámite ineludible, ya que se necesita el Certificado de Hacienda para cualquier otro trámite que afecte al difunto de alguna manera.

Las cuentas de los bancos, se congelarán..... y aquí es donde tenemos prever las domiciliaciones ya que hay entidades que devuelven los recibos, y otras no, siguen atendiendo los suministros de luz, agua, gas, teléfono... e impuestos, pero no se nos olvide que tendremos que "supervisar" al banco.
A tener en cuenta si hay cotitularidad o no en las cuentas....
Otro tema son las inversiones, plazos fijos, las acciones etc...... llevará bastante tiempo arreglar todo lo relativo a estos títulos y por supuesto después de haber pasado por ventanilla de Hacienda.

Como en un sentido o en otro no nos escapamos del Notario, tengamos en cuenta que estaremos en manos del Oficial de Notaría que es quien se encarga de preparar todo, pero hemos de tener en cuenta que toda la documentación, se la proporcionamos nosotros y es aquí donde tenemos que ser escrupulosos  ya que aportaremos:
Certificados anteriormente citados
Empadronamiento del causante (es decir, el difunto)
Libro de Familia y Certificados de Nacimiento de hijos y Matrimonio
Testimonio de Sentencias en caso de Separación y/ o Divorcio
Certificados de los bancos donde el causante tuviera alguna cuenta, depósito, inversión ... etc
Escrituras públicas de Propiedades con recibos de contribución correspondientes, documentación relativa a vehículos y bienes muebles, declaración de obras de valor, etc.... Es decir, no podemos o no debemos obviar nada para mas adelante, pues esto nos dejará inoperantes ante cualquier eventualidad.

Y volviendo a la notaría, debemos ser muy exigentes y no dejar de preguntar cualquier duda y exigir que revisen y nos den el visto bueno de la documentación que aportamos. Si tenemos buenas referencias de un Oficial, tenemos que dirigirnos al mismo y advertir que "confiamos" toda nuestra documentación, nuestros intereses, y que tenga en cuenta que habida cuenta no van a hacer su trabajo gratis, que lo hagan diligentemente. (Esto lo trataremos en tema aparte)

Los acuerdos a los que lleguen los herederos, pueden tener distintas repercusiones de ahí que tenemos que informarnos de las repercusiones de
Heredar mas parte que los demás herederos forzosos
La falta de libertad que conlleva no negociar el usufructo
Compartir algún bien con otros herederos...

Debemos plantearnos todos los escenarios posibles, antes de decir un SI, o llegar a un acuerdo a la desesperada, pues luego podemos pagar y con creces por nuestras decisiones....

En mi opinión, sólo hay una opción para librarse de esto.....: no tener bienes raíces, no dejar ningún patrimonio, gastar todo lo que tengamos en vida y no dejar marrones para nuestros seres queridos, aunque una vez has muerto, ¿que mas da? y como no me voy a quedar con las ganas, lo digo...... Que les den a todos.....

Eme Ce

sábado, 1 de octubre de 2011

La familia

No la podemos elegir, y esto a veces no es "sano"....,
Con variedad de situaciones, y múltiples reacciones sin perder de vista las consecuencias de las primeras y las segundas..... ¿será verdad el dicho: familia y trastos viejos, pocos y lejos?

Por mi trabajo, la variedad de cuestiones en relación a los hijos es innumerable: la custodia, los alimentos, la educación, las vacaciones, la ropa, el calzado, los cumpleaños, el día del padre y de la madre, las navidades, las gafas, la ortodoncia, los gastos extraordinarios, la matrícula, los libros, el ordenador, la wii, la maleta y los fines de semana......... y así un sinfin de aspectos que llevan una vez y otra a verdaderos "dramas" donde una criatura inocente, que acaba siendo "verdugo" de si mismo y de sus padres, se encuentra en medio de una guerra que sólo hace que alimentar los "bajos instintos".......

Ultimamente estoy atónita, descubriendo las "razones" de muchos padres y madres, y ni que decir de los hijos..... creo que daría mucho de si, planteando temas concretos y dejando abierto el debate para aplicar el sentido común y ver si entre todos damos algo de sentido a estas situaciones, o incluso si podemos aportar algo de "luz" cuando estamos ante un pozo negro, oscuro, frio y húmedo.

Vaya por delante que no soy madre, y esto se utiliza en mi contra cuando intento ponerme en situación de......., pero me permite ver con mas objetividad, verdaderos abusos por parte de los hijos para con sus progenitores, sobre todo contra las madres, que por otro lado, y dicho con todo el cariño del mundo, no se recuperan nunca de la pérdida neuronal que supone un parto.

Las madres, justifican lo injustificable, y esto es perjudicial. Se resisten a ver la realidad, se niegan a si mismas el derecho a reivindicar su lugar como personas que lo son y como mujeres, y además todo esto avalado por los demás que observamos, juzgamos y nos atrevemos a opinar sobre todo. Creo honradamente que son víctimas de sus  hijos y de ellas mismas, pero sobre todo de la decisión en su día no debidamente ponderada de tener hijos sin "evaluar" minimamente las posibilidades de un padre u otro.
Esto es lo que tiene el "amor" ....

CASO:
Hijo menor que antes del Juicio y la exploración por el fiscal y el Juez, manifiesta abiertamente y sin ningún tipo de reparo que adora a su madre y que vive muy bien con ella.
El mismo hijo que el día de la exploración, manifiesta que quiere vivir con su padre y saca de su bolsillo una planilla donde lleva ya elaborado un calendario de visitas con su madre, donde él ha resaltado cuando quiere que su madre le visite o le recoja.
Reacción de abogada y madre: estado de shock...., tanto es así que el juicio se suspende para que el niño sea evaluado por psicologo/a ......
Resultado final: ante el informe pericial, queda bien claro que el niño quiere ir con su padre y así finalmente la Jueza aconseja a la madre que acepte de modo voluntario un acuerdo con su ex, o bien ella dictará resolución adjudicando la custodia al padre.
Conclusíon: la madre, responsabiliza a abogada por este resultado, ya que no ha "luchado" lo suficiente.

Lo cierto es que jamás pregunté, de que lucha se trataba, ya que lo que quería el hijo estaba claro: manipular a su madre y hacer su santa voluntad.... y ante esto, ¿que hacemos los profesionales y que armas "legales" tenemos???